Subvenciones durante el ejercicio 2024 a la producción audiovisual.
Producción de cortometrajes
Dentro de esta modalidad de ayuda se apoyará la realización de cortometrajes cinematográficos en cualquier lengua.
A tal efecto, se considerarán cortometrajes aquellas películas realizadas en cualquier soporte y con una duración recomendada inferior a los 60 minutos.
Dotación presupuestaria
240.000 €
Prestación económica
La cantidad total destinada a esta modalidad es de doscientos cuarenta mil (240.000,00) euros. Se garantizará un reparto presupuestario entre los proyectos rodados en euskera y otros idiomas, reservando un mínimo de ciento veinte mil (120.000,00) euros para aquellos proyectos que, siendo rodados originariamente en euskera, hayan obtenido puntuación suficiente para obtener subvención.
La cantidad destinada a un proyecto concreto en ningún caso podrá superar el 60 % del presupuesto de gastos de la película, ni el importe máximo de veinte mil (20.000,00) euros. En el caso de producciones cuya lengua originaria sea el euskera estos límites se ampliarán; así, el límite de la cantidad destinada a un proyecto concreto en ningún caso podrá superar el 70 % del presupuesto de gastos de la película, ni el importe máximo de cuarenta mil (40.000,00) euros.
Cuando la ayuda se solicite para una coproducción, deberá aportarse original del contrato o contratos de coproducción firmados digitalmente en su última versión y la persona o entidad solicitante deberá tener una participación de, al menos, el 20% de la producción audiovisual resultante. En el caso de una coproducción en la que sean varios las productoras que puedan ser beneficiarias de acuerdo con el artículo 3, computará la suma de la participación de cada una de ellas.
Serán subvencionables los costes de producción del cortometraje en los términos que prevé el artículo 2 de la Orden ECD/2784/2015, de 18 de diciembre, por la que se regula el reconocimiento del coste de una película y la inversión del productor/a.
Más información:
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